sábado, 21 de marzo de 2009

El significativo Decreto 1086/2005


El poder ejecutivo aprobó un significativo documento cuyo contenido transgrede gravemente normas sustantivas de la Nación.

El 7 de septiembre ppdo. el Presidente Kirchner, con el refrendo del Jefe de Gabinete Alberto Fernández y del Ministro Alberto Iribarne, firmó el Decreto 1086/2005 en cuyo artículo 1° se aprueba un extenso documento titulado “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación ” en el que se anuncian medidas legislativas, administrativas y jurisdiccionales que conciernen a graves y fundamentales temas.

Su texto, elaborado sin participación de los diversos sectores políticos, sociales y religiosos de nuestro país, que pretende sentar las bases de un plan nacional, entre otras materias, propone la ratificación por el Senado del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer , “sin reservas ni cláusulas interpretativas, facultando a particulares para presentar sus denuncias ante el órgano competente de control contra los estados incumplidores”.

Como es de público conocimiento, dicho “órgano de control” (“Comité para la eliminación de toda Discriminación de la Mujer”) se ha caracterizado durante su actuación por promover políticas y legislaciones netamente abortistas. Así lo ha puesto de manifiesto en los dictámenes que expidió respecto del Paraguay, Azerbaiján, Croacia, Zimbawe, República Dominicana, Méjico, Panamá y Luxemburgo. El Gobierno del Presidente Duhalde lo había retirado del Congreso por considerar que se encontraba en pugna con la soberanía Argentina, pero el actual Poder Ejecutivo lo remitió nuevamente al Senado para su aprobación y ahora ratificó ese criterio que favorece la legalización del aborto al dictar el Decreto 1086/2005.

También propone: a) “la sanción de una ley nacional de unión civil para parejas de un mismo sexo con garantías y atribuciones similares que las parejas heterosexuales”; b) la modificación del sistema integrado de jubilaciones y pensiones “introduciendo iguales derechos para las parejas de un mismo sexo”; c) “la revisión de la Ley de Ejercicio de la Medicina (n° 17.132) que impide las intervenciones quirúrgicas de cambio de sexo, a fin de avanzar en la formulación de una legislación que contemple la rectificación sexual como un derecho de las personas con identidades sexuales y de género diversas”; d) “hacer efectivo un enfoque de género transversal a todas las políticas públicas y asignaciones presupuestarias”; e) “Replantear la aplicación práctica del artículo 2° de la Constitución Nacional y evitar privilegios económicos automáticos...”, f) “Disponer lo necesario para mantener la neutralidad religiosa en los ámbitos oficiales, adecuando el uso de simbologías confesionales”; g) “arbitrar los medios para ejercer un seguimiento y control estatal efectivo sobre formas y contenidos de los medios de comunicación estatales, privados, comunitarios e Internet que incluyan cualquier tipo de discriminación, prejuicio, burla, agresión y/o estigmatización a distintos grupos o sectores de la población que por sus características puedan ser víctimas de discriminación”; h) “hacer efectiva la implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en todo el territorio nacional, dotándolo de los insumos, la capacitación necesaria de los profesionales y propiciando el marco para un debate social sobre el aborto no punible”; i) “promover la sanción de una ley tendiente a amparar a las mujeres trabajadoras sexuales, reconociendo su derecho a jubilación y seguridad social”.

Todos estos temas y muchos otros que sería largo reseñar, están contenidos en el anexo, de 400 páginas, del decreto que, como verdadero “Caballo de Troya” y sin el menor respeto por las normas republicanas, el Poder Ejecutivo pretende imponer a la Nación , ignorando a los sectores involucrados, entre otros a la Iglesia Católica a la que embiste especialmente, como al propio Congreso de la Nación.

Por todo ello, la Corporación de Abogados Católicos reclama se deje sin efecto el Decreto 1086/2005 y se invite, en todo caso, a las numerosas entidades públicas y privadas que han sido ignoradas por los responsables de ese cuerpo normativo, a expedirse sobre los graves y delicados temas abordados con marcada carga ideológica y tanta ligereza.

CORPORACIÓN DE ABOGADOS CATÓLICOS
Dr. Alberto Solanet- Presidente
Dr. Juan Manuel Medrano – Secretario
Buenos Aires, octubre 18 de 2005

Un aporte del Dr. Roberto Castellano

Editó Gabriel Pautasso
gabrielsppautasso@yahoo.com
Diario Pampero Cordubensis
Instituto Eremita Urbanus

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