Texto de la excomunión de Perón y otros, el 16 de junio de 1955
"Cun postremis hisce temporibus in Republica Argentina multismodis in Ecclesiae iura invasum sit et im ipsas ecclesiasticas personas sitimpetitum; novissime quidan nedum manus iniicere in Excmum P.D. Emmanuelem Tato, Episcopum titularem Aulonensem, Auxiliarem et Vicarium Generalem archidioecesis Bonaërensis, sed et Ollum ab exercitio suae jurisdictionis impedire et ab ipsa Dictione Argentina expellere ausi sint, Sacra Congregatio Consistorialis declarat ac monet eos omnes qui huiiusmodi delicta petraverunt, sive mandantes cuius cum que generis et gradus, sive complices quos praefata delicta sua natura postularunt, sive illos qui ad delictorum consummationem latae sententiae epeciali modo Apostolicae Sedi reservatam, ad tramitem cann, 2343 s 3, 2334 n. 2, 2209 s 1.2.3 C. I. C., contraxisse ceterasque poenas pro qualitate delinquetium incurrisse, ad normam sacrorum canonum.
Datum Romae, ex Aedibus S. Congregationis Consistorialis, die 16 Iunii
1955
Fr. A. I. Card. Piazza, Ep Sabinen, et Mandelen, a Secretiis S. Iosephus
Ferretto, Adsessor".
El texto de la excomunión, originado en la Sagrada Congregación Consistorial y datado en Roma, con la firma del secretario del organismo vaticano, Cardenal Adeodato Piazza y el del asesor de la misma congregación, Monseñor Giuseppe Ferretto, se refería a la acción de "poner manos violentas" sobre la persona de un obispo e impedir el ejercicio de la jurisdicción eclesiástica.
SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE SANCION:
“Beatísimo Padre:
El que suscribe, Juan Domingo Perón, domiciliado en Madrid, Ciudad Puerta de Hierro -Sector Fuentelarreina- Quinta 17 de Octubre, temiendo haber incurrido en la excomunión Speciali Modi, reservada, conforme a la declaración de la Santa Congregación del 16 de junio de 1955 (Acta Apostolicae Sedis, Vol XXII, p.412) sinceramente arrepentido, pide, por lo menos ad cautelam, la absolution.
En realidad, el que suscribe ya ha sido absuelto, por motivos de caso urgente, por su propio confesor y admitido a los Sacramentos; pero desea en todo estar en paz con la Iglesia y, por esto, ha presentado la presente solicitud, contento, además, de poder hacer este acto de humildad.”
Juan Perón.
El resultado de esta solicitud se concreto en la visita del arzobispo de
Madrid, Mons. Eijo y Garay.
Ese 13 de febrero de 1963, pese a los infundios y malos entendidos, quedó aclarado en forma definitiva que Perón siempre había permanecido fiel al catolicismo. El Obispo español dio la absolución a Perón, quien la recibió de rodillas.
El obispo de Madrid-Alcalá, finalmente, expidió una constancia para el interesado de la realización del mandato de la Sagrada Congregación Consistorial, con encargo de la mayor reserva:
Exmo.
Señor D. Juan Domingo Perón,
Madrid.
Exmo Señor:
A fin que quede a V.E. constancia de la ejecución de la gracia concedida por Su Santidad el Papa, envío a V.E. copia fiel del decreto que para tranquilidad de su conciencia cristiana me ha dado en dictar para ejecución del Rescripto de la S.C. Consistorial Prot N 1147/57. Dice asi:
Para dar cumplimiento a la comisión que la S. Congregación Consistorial, en virtud de las facultades que le otorgo nuestro Santísimo Señor, por la Divina Providencia Papa Juan XXIII, me ha confiado, me apersoné el 13 de febrero del año 1963 en el domicilio...
Obispo de Madrid-Alcala.
El º13 de Agosto de 1971 se dieron a conocer los textos de la carta y del acta. La Santa Sede reconoció su autenticidad con una declaración del 7/IX/71 en la que explicaba que no fue publicada en su oportunidad en razón del delicado momento político por el que atravesaba la Argentina. En esa ocasión la declaración daba cuenta de que: Perón, a pedido suyo, fue absuelto de la excomunión por un rescripto (decisión papal) de la Congregación Consistorial el 18 de enero de 1963.
Datos extraídos de "La Iglesia Nacional Peronista" del Dr. Roberto Bosca,
Decano de Derecho de la Universidad Austral- Julio 1997- Capitulo
IX -páginas 369. ss. (eu)
nº 310
Editó Gabriel Pautasso
gabrielsppautasso@yahoo.com.ar
DIARIO PAMPERO Cordubensis Nº 296
Instituto Eremita Urbanus
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"Cun postremis hisce temporibus in Republica Argentina multismodis in Ecclesiae iura invasum sit et im ipsas ecclesiasticas personas sitimpetitum; novissime quidan nedum manus iniicere in Excmum P.D. Emmanuelem Tato, Episcopum titularem Aulonensem, Auxiliarem et Vicarium Generalem archidioecesis Bonaërensis, sed et Ollum ab exercitio suae jurisdictionis impedire et ab ipsa Dictione Argentina expellere ausi sint, Sacra Congregatio Consistorialis declarat ac monet eos omnes qui huiiusmodi delicta petraverunt, sive mandantes cuius cum que generis et gradus, sive complices quos praefata delicta sua natura postularunt, sive illos qui ad delictorum consummationem latae sententiae epeciali modo Apostolicae Sedi reservatam, ad tramitem cann, 2343 s 3, 2334 n. 2, 2209 s 1.2.3 C. I. C., contraxisse ceterasque poenas pro qualitate delinquetium incurrisse, ad normam sacrorum canonum.
Datum Romae, ex Aedibus S. Congregationis Consistorialis, die 16 Iunii
1955
Fr. A. I. Card. Piazza, Ep Sabinen, et Mandelen, a Secretiis S. Iosephus
Ferretto, Adsessor".
El texto de la excomunión, originado en la Sagrada Congregación Consistorial y datado en Roma, con la firma del secretario del organismo vaticano, Cardenal Adeodato Piazza y el del asesor de la misma congregación, Monseñor Giuseppe Ferretto, se refería a la acción de "poner manos violentas" sobre la persona de un obispo e impedir el ejercicio de la jurisdicción eclesiástica.
SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE SANCION:
“Beatísimo Padre:
El que suscribe, Juan Domingo Perón, domiciliado en Madrid, Ciudad Puerta de Hierro -Sector Fuentelarreina- Quinta 17 de Octubre, temiendo haber incurrido en la excomunión Speciali Modi, reservada, conforme a la declaración de la Santa Congregación del 16 de junio de 1955 (Acta Apostolicae Sedis, Vol XXII, p.412) sinceramente arrepentido, pide, por lo menos ad cautelam, la absolution.
En realidad, el que suscribe ya ha sido absuelto, por motivos de caso urgente, por su propio confesor y admitido a los Sacramentos; pero desea en todo estar en paz con la Iglesia y, por esto, ha presentado la presente solicitud, contento, además, de poder hacer este acto de humildad.”
Juan Perón.
El resultado de esta solicitud se concreto en la visita del arzobispo de
Madrid, Mons. Eijo y Garay.
Ese 13 de febrero de 1963, pese a los infundios y malos entendidos, quedó aclarado en forma definitiva que Perón siempre había permanecido fiel al catolicismo. El Obispo español dio la absolución a Perón, quien la recibió de rodillas.
El obispo de Madrid-Alcalá, finalmente, expidió una constancia para el interesado de la realización del mandato de la Sagrada Congregación Consistorial, con encargo de la mayor reserva:
Exmo.
Señor D. Juan Domingo Perón,
Madrid.
Exmo Señor:
A fin que quede a V.E. constancia de la ejecución de la gracia concedida por Su Santidad el Papa, envío a V.E. copia fiel del decreto que para tranquilidad de su conciencia cristiana me ha dado en dictar para ejecución del Rescripto de la S.C. Consistorial Prot N 1147/57. Dice asi:
Para dar cumplimiento a la comisión que la S. Congregación Consistorial, en virtud de las facultades que le otorgo nuestro Santísimo Señor, por la Divina Providencia Papa Juan XXIII, me ha confiado, me apersoné el 13 de febrero del año 1963 en el domicilio...
Obispo de Madrid-Alcala.
El º13 de Agosto de 1971 se dieron a conocer los textos de la carta y del acta. La Santa Sede reconoció su autenticidad con una declaración del 7/IX/71 en la que explicaba que no fue publicada en su oportunidad en razón del delicado momento político por el que atravesaba la Argentina. En esa ocasión la declaración daba cuenta de que: Perón, a pedido suyo, fue absuelto de la excomunión por un rescripto (decisión papal) de la Congregación Consistorial el 18 de enero de 1963.
Datos extraídos de "La Iglesia Nacional Peronista" del Dr. Roberto Bosca,
Decano de Derecho de la Universidad Austral- Julio 1997- Capitulo
IX -páginas 369. ss. (eu)
nº 310
Editó Gabriel Pautasso
gabrielsppautasso@yahoo.com.ar
DIARIO PAMPERO Cordubensis Nº 296
Instituto Eremita Urbanus
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